El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua dictó la primera condena por femicidio no íntimo a un hombre que asesinó a una mujer e incendió su casa en Doñihue, región de O'higgins.
Se trata de Lorenzo Osorio Ayala, que en julio de 2020, tras mantener una fuerte discusión con la víctima, le dio muerte con una puñalada.
De acuerdo a información de la Fiscalía, el suceso se produjo “a raíz de las circunstancias de su oficio”, aludiendo que la víctima ejercía el comercio sexual.
Posteriormente, el sujeto amenazó a los familiares de la mujer, específicamente a su pareja e hijastro, para luego incendiar el domicilio.
En vista de estos antecedentes, el Fiscal Jorge Mena, explicó que el imputado fue condenado por los delitos de incendio, lesiones menos graves, amenazas y femicidio no íntimo.
Debido a la gravedad de los ilícitos, Osorio arriesga penas que van desde los 15 años de cárcel a presidio perpetuo.
La sentencia se dará a conocer el próximo lunes 22 de mayo.
Primera condena por feminicidio no íntimo
Este caso representa un fallo histórico en la justicia chilena, debido a que se transformó en la primera condena por femicidio no íntimo que se dicta en Chile. Pero ¿en qué consiste?
En marzo de 2020 se promulgó la Ley Gabriela, normativa que amplía el marco legal del femicidio y que eleva las penas en casos de violencia de género.
En concreto, la modificación, altera la calificación del femicidio, que antes solo consideraba los casos de mujeres asesinadas por sus parejas o exparejas, con convivencia.
Ahora, la normativa incorpora a parejas sin convivencia, como relaciones de pololeo.
Así mismo, establece como agravantes si las víctimas son mujeres embarazadas, menores de edad o en situación de discapacidad.
De esta forma, la normativa decreta penas que van desde 15 años de cárcel, hasta presidio perpetuo calificado.