El seremi de Justicia y Derechos Humanos de Atacama, Tomás Garay junto a la directora nacional del Servicio de Registro Civil, Lucy Cepeda informaron sobre los documentos válidos para que las ciudadanas y los ciudadanos puedan ejercer su derecho al sufragio en las elecciones municipales y regionales del 26 y 27 de octubre. Las autoridades señalaron que las personas podrán votar con su cédula de identidad o pasaporte vigente, o que estén vencidos desde el 27 de octubre de 2023.
En este sentido, el seremi de Justicia y DD.HH señaló que “los documentos válidos para que las personas puedan ejercer su derecho al sufragio el próximo 26 y 27 de octubre son solamente la cédula de identidad y/o el pasaporte hasta con un año de vencimiento previo al día de la elección, que es para efectos legales el 27 de octubre. Es decir, si el documento señala que es el 27 de octubre del año 2023 su fecha de vencimiento, ese documento le sirve para que pueda ejercer su derecho al sufragio”.
Ambas autoridades reiteraron que no sirven otros documentos para acreditar la identidad de los y las votantes. Es decir, quedan excluidos para dichos fines durante el proceso eleccionario, la presentación de la licencia de conducir o comprobantes de renovación de los documentos de identificación.
En tanto, la directora regional del Registro Civil e Identificación, Lucy Cepeda hizo un llamado a las personas a retirar los documentos que ya solicitaron. “Tenemos una cantidad importante de cédulas de identidad y pasaportes que están en las oficinas, que han sido solicitados, pero no han sido retirados. Entonces, muchas veces nos olvidamos de que hicimos este trámite y cuando llegue el momento, revisen su cédula, se dan cuenta que está vencida y ya hicieron el trámite, vayan y retírenlo”.
Las oficinas del Registro Civil atienden de lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas. Para renovar o reimprimir se requiere agendar hora con Clave Única en www.registrocivil.cl. No obstante, quien tenga su cédula lista para retirar solo debe concurrir a la oficina, no es necesario llevar el comprobante ya que la entrega se hace con comprobación biométrica.
Rol de los expertos en identificación
La ley electoral encomienda al Servicio de Registro Civil e Identificación la labor de tener un experto de identificación en cada local de votación. Esto significa que si, a juicio de la mesa de votación, existiere disconformidad notoria y manifiesta entre las indicaciones del padrón de mesa y la identidad del elector, se recabará la intervención del experto de identificación. El experto hará que el elector estampe su huella dactilar derecha al lado de su firma y la cotejará con la estampada en su cédula nacional de identidad o cédula de identidad para extranjeros. Se admitirá el sufragio solo si con el informe del experto se determinare por la mesa que no hay disconformidad.
Las autoridades regionales indicaron que en los casos en que hubo cambio de sexo registral o cambio de orden de apellidos, posterior al cierre del padrón electoral, y este no se ve visualizado a la hora de votar, el Servicio de Registro Civil e Identificación desplegará expertos en los distintos locales de votación de la región y del país, y que ante la duda del presidente de la mesa, se podrá verificar la identidad del o la votante, y si es que está legalmente constituido su cambio de nombre, sexo registral o su cambio en el orden de apellidos y, por lo tanto, podrá sufragar de igual forma.